Objetivo
– Propone realizar una concertación minera entre las autoridades municipales y las autoridades del nivel nacional en la delimitación y declaración de las zonas donde se habilita la realización de actividades mineras que no deja sin efectos y en ningún caso limita la posibilidad de activar los mecanismos de participación popular previstos en la ley.

Porque es importante el Proyecto de Ley:
La concertación minera permite llegar acuerdos entre autoridades municipales y autoridades a nivel nacional, permitirá llegar a acuerdos acerca de la delimitación y declaración de las zonas donde se desarrollaran actividades mineras. De esta manera se puede:


● para evitar que se proyecten actividades de extracción en zonas de alto valor
ecológico.
● Prevenir y hacer frente (en tal caso) a los conflictos socio-ambientales (2° puesto
a nivel mundial según el Environmental Justice Atlas) alrededor de en el territorio
por diversas causas, como la imposición unilateral de una actividad productiva, la
autorización de actividades mineras no concertadas con las autoridades locales,
conflictos por el uso de la tierra, conflictos con la industria, problemas con la
gestión del agua, construcción de infraestructura, entre otras actividades.
● Cada vez son mayores los conflictos por acceso a los recursos naturales a lo largo
del territorio nacional ocasionados por diversas causas, como la imposición
unilateral de una actividad productiva, la autorización de exploración y de
explotación minera no concertada con las autoridades locales, conflictos por el
uso de la tierra, conflictos con la industria, problemas con la gestión del agua,
construcción de infraestructura, entre otras actividades que resultan incompatibles
con el uso sostenible de territorio y la conservación de la biodiversidad.
● En el país se están presentando tensiones en materia de minería y de
hidrocarburos porque, por un lado, están los principios constitucionales y por el
otro, los vacíos jurídicos frente a la forma de dirimir los conflictos cuando se cruzan
las competencias de las autoridades municipales y las que tienen las entidades
del orden nacional.
● En el país se están presentando tensiones en materia de minería entre dos
principios constitucionales, lo cual se materializa en la práctica en la concesión de
títulos mineros en zonas en las que los usos del suelo no necesariamente
responden a una vocación minera, lo que la resultado en múltiples conflictos
sociales. La concertación minera permite dirimir en gran medida este conflicto.


¿Qué leyes modifica?
– Artículo 24 de la Ley 388 de 1997.
– Adiciónese el numeral 6 al artículo 28 de la Ley 388 de 1997.

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